“Ningún país frenó el consumo de drogas persiguiendo al consumidor”
El camarista Eduardo Freiler dice que la ley actual es falaz porque castiga y no recupera al adicto. Y que por su vigencia el usuario que necesita tratamiento lo elude para esquivar la pena
Hernán Lascano / La Capital
“Di la orden de no perseguir consumidores. Por perseguir perejiles las bandas crecieron a sus anchas y se volvieron lo que son”. La directiva dada el lunes a la policía por el ministro del Interior de la Nación, Aníbal Fernández, prefigura un probable cambio de criterio en relación a cuestiones de drogas. Y ese ha sido, durante años, el planteo del camarista penal porteño Eduardo Freiler, abanderado de la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal.
En julio de 2005, cuando le tocó votar en un juicio que involucraba al músico “Pipo” Cipolatti por tenencia de drogas, Freiler sostuvo que castigar a un usuario de drogas es “irrazonable e ineficaz” y remarcó que los consumidores “no son delincuentes”. Ese fallo fue tomado en Rosario por la jueza Beatriz de Barabani en un caso que es, hasta el presente, el único antecedente de un magistrado local que rechaza imponer una medida penal contra un consumidor.
—¿Cómo valora la ley vigente que penaliza a los consumidores de drogas?
—La ley actual rige desde 1989 y en la experiencia vemos que objetivos que planteaba como cuidar la salud pública no se logran. Cada vez hay mayor consumo reconocido y se baja más la edad de iniciación. No es posible proteger la salud desde el derecho penal. Ningún juez cuando era estudiante tenía pensado tener pacientes. Esta ley le dice al juez: “Si usted encuentra un consumidor de drogas o un adicto lo tiene que internar. Y si no se cura le vamos a dar una pena”. Es una sinrazón de la ley: criminaliza al consumidor situándolo al mismo tiempo como víctima y victimario.
—¿Tiene sostén la lógica que dice que al detener al consumidor se llega al vendedor?
—Del total de detenidos tenemos un 75 por ciento de consumidores y un 25 por ciento que escalan en la red delictiva. Los grandes narcotraficantes no están presos. Pese al gran consumo el Estado fue ineficaz en perseguir a los peces gordos. La práctica desmiente que perseguir al consumidor lleva al narcotraficante. La ley actual sostiene una falacia.
—¿La penalización ayuda a remover la conducta del consumidor?
—Ningún país penalizador lo logró. Lo que sí logra es estigmatizar a la persona detenida: le hace perder sus familiares, relaciones de pareja, trabajo. Hay quien pierde el trabajo por esto que, además, se convierte en un antecedente delictivo que queda como una mancha para quien busque un empleo. El discurso de las drogas se relaciona todo el tiempo a las cuestiones de seguridad del ciudadano. No se apunta a las causas sino a las consecuencias de un problema social que tiene que ser analizado desde un nivel político. Y no del derecho penal.
—Quienes apoyan la penalización muestran los efectos terribles de la droga para rechazar la despenalización.
—Muchos lo hacen desde un lugar bienintencionado. Pero es una trampa. Lo vemos más que nada con el paco. El poder destructivo que tiene el consumo de la pasta base de cocaína por su mala calidad y bajo valor es elocuente. Se dice “si no penalizamos esto se va a difundir”. Lo cierto es que hoy está penalizado y el consumo de paco se expande en forma geométrica: hoy el paco gana espacio en clases intermedias y pudientes de todo el país.
—¿Por qué si se despenaliza se puede atender mejor desde el punto de vista sanitario?
—Porque si buscamos una campaña que trate desde la salud esta cuestión vamos a poder hacerlo sin que el adicto eluda el tratamiento. Que es lo que hoy el consumidor hace para escapar de la pena. ¿Cómo vamos a sacar de la casa a un chico para abordarlo desde un proyecto social, educativo y de salud si por el otro lado le decimos que si incurre en esto va a ir preso?
—A veces incluso le exigen que diga quién le da la droga.
—Es un disparate. Si él delata al vendedor quedará solo y será reprendido por los escalones superiores de la organización que es mucho más poderosa. Amenazamos con prisión al consumidor y lo ponemos en el peligro de deschavar al vendedor cuando esa persona tiene claro que su vendedor muy dificilmente irá preso y muy seguramente tomará represalias contra él. Para legislar en este sistema primero hay que conocer el mundo donde se desarrolla el consumo y el tráfico.
—En Santa Fe la policía que se encarga del tema de drogas viene de un proceso de profundo descrédito. Lo que suelen decir los tribunales es que los operativos son dudosos y que suelen cortarse en los eslabones más altos de la cadena.
—Esto es muy corriente. Pero la Justicia debe actuar dentro del marco del derecho. Hay agencias que por supuesto tienen una tradición que a veces están divorciadas del marco legal. Pero no sólo por nuestra tradición sino por los elementos que se incorporan para combatir estos delitos. Para cualquier delito tradicional hay una forma de actuar con principios y garantías que se deben cumplir a rajatabla. Para el tipo de delitos que se tratan como “guerra contra”, en este caso la droga, se introducen elementos ajenos al derecho.
—¿Por ejemplo?
—Acá se amplía la sospecha sobre actividades que no están incriminadas en el derecho penal y se le dan herramientas ilegales a la policía como permitir agentes encubiertos o el “agente provocador”. Es decir se habilita a que el Estado se asocie con el delito so pretexto de combatirlo. Dicen que, si no, es muy difícil infiltrar el narcotráfico. Todas las experiencias que tenemos en Argentina han sido desastrosas en este sentido. El Estado gasta en la práctica sus recursos en ir contra el consumidor y no contra el tráfico. Si no se penaliza al consumidor se podrá exigir que se haga foco en las cuestiones del tráfico.
—Fue significativo un fallo suyo recomendando al juez inferior eximir de prisión a una persona atrapada con medio kilo de marihuana. Era mucha cantidad pero, según usted, no se le probó intención de venderla.
—Lo único que hicimos fue aplicar el criterio que dice la ley. Para que se establezca otra cosa se tiene que probar el comercio de esta persona. De otro modo es tenencia simple. Si encuentro a una persona con droga en principio lo único que sé es que la tiene. No para qué la tiene. El derecho penal reprime acciones y no estados. El solo hecho de encontrar droga no es una acción. Sería de dudosa constitucionalidad castigar un estado y no una acción. En ese caso el hombre tenía droga pero no se probó que la tuviera para venderla. Esa fue la idea central. Es muy común que con esa cantidad de droga se diga: “No me van a decir a mí que no la tiene para comercializar”. No importa lo que se diga. Sí lo que se pruebe.
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