12/23/2008

pasantias

Con mas exigencias para las empresas, se promulgo la nueva Ley de Pasantias - INFOBAEprofesional.com
La norma promulgada el lunes además fija en un año y medio el tiempo máximo de extensión del régimen y una jornada laboral de cuatro horas diarias
La nueva de ley 26.427 de pasantías universitarias que entrará en vigor a partir del 31 de diciembre fue promulgada este lunes.
La norma fija como tiempo máximo de extensión de la pasantía un año y medio y una jornada laboral de cuatro horas diarias. Además, incorpora nuevas exigencias para las empresas.
A su vez, la normativa establece una duración de las pasantías educativas por 12 meses, prorrogables sólo por otros seis meses, una carga horaria de 20 horas semanales y estipula el pago de un monto no remunerativo para los pasantes no menor al salario básico de convenio colectivo que se aplica al establecimiento donde se realiza la práctica laboral en forma proporcional a la carga horaria.

La ley establece además que este régimen no se podrá usar para crear nuevos empleos, cubrir vacantes o reemplazar personal y sostiene que, en caso de incumplimiento de la empresa o de duda, se entenderá que la relación es de naturaleza laboral, por lo que corresponderán las sanciones e indemnizaciones de una relación laboral no declarada.
"Si bien este nuevo marco legal resuelve de un modo más consistente algunas de las debilidades que exhibía el régimen anterior, en especial en lo atinente a la cobertura de salud del pasante y los porcentajes de retención sobre la asignación estímulo a aplicar por las distintas Universidades, aparecen otras inconsistencias que lucen periféricas pero sobre las cuales habrá que adoptar ciertas prevenciones”, explicó Héctor A García, socio de García, Perez Boiani & Asociados.
El principal fundamento de la norma es proteger el carácter formativo de los pasantes estudiantes de Educación Superior, de Adultos y de Formación Profesional y para esto propone limitar su duración a un año y brindar a los pasantes cobertura de salud y aporte económico.
El papel del Estado tendrá una "función reguladora" a fin de evitar deslizamientos y abusos, ya que muchas veces se utiliza la figura de la pasantía para crear relaciones laborales encubierta.
En el texto de la norma se define a la pasantía educativa como "el conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos y empresas privadas con personería jurídica".
Asimismo, puntualiza que las pasantías educativas "no originan ningún tipo de relación laboral entre el pasante y la empresa u organización" en la que estas se desarrollan.
El 26 de noviembre pasado, el Senado de la Nación la había transformado en ley. Aquel proyecto ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados desde el 2007 y había sido impulsado por la senadora Blanca Osuna, contemplando un nuevo régimen legal para las pasantías educativas en sustitución de las leyes 25.165 y 25.013 y los decretos reglamentarios.
Osuna precisó que "esta figura no podrá ser utilizada para cubrir vacantes o creación de empleo nuevo ni para reemplazar al personal de las empresas y organizaciones públicas y privadas".
Frente a la duración actual de la pasantía de hasta cuatro años, este proyecto propone que el tiempo y la carga horaria "estén definidas en los convenios y según las características de las actividades a desarrollar", para lo que establece "plazos máximos de doce meses y de las 20 horas semanales".
En cuanto a los sueldos, los pasantes recibirán una suma de dinero en carácter no remunerativo en calidad de "asignación estímulo, que se calculará sobre el salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa, y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía" y además se deberá otorgar al pasante una cobertura de salud cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley de Obras Sociales.
Así, dijo que la Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Trabajo, pero habrá que notificar fehacientemente la firma de cada Convenio de Pasantías no mas allá de los 5 días hábiles al Ministerio de Educación.
El abogado explicó que si bien el proyecto original recibió algunas modificaciones que mejoraron su perfil, destacó que una vez que rija no podrá extenderse la relación jurídica entre el pasante y la empresa privada por más de 12 meses, vigencia que excepcionalmente se extenderá por 6 meses adicionales, en tanto los contenidos del plan formativo así lo exijan.
Además indicó que todo pasante deberá ser mayor de 18 años y está dirigido a estudiantes de la Educación Superior, del Régimen de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y de la Formación Profesional.
Se estipulan en este nuevo esquema las licencias y régimen de asistencia de los pasantes, las situaciones de enfermedad o accidente, la cobertura de la propiedad intelectual, pero el aspecto quizás más relevante es la exigua cantidad de horas semanales que tiene como límite este nuevo marco pendiente de reglamentación, ya que por el artículo 13 la carga horaria semanal será de hasta 20 horas, concluyó García.

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